Año: 1833
Gobierno: Antonio López de santa Anna
Ley: primera reforma cuyo objetivo fue destruir la base
jurídica de la supremacía eclesiástica.
Congreso: tenía una gran ambición por el poder. Para quedar
bien con los conservadores se dio a perseguir a los liberales.
Reglamento: publica gratuita y uniforme.
Órgano encargado de la instrucción: Anastasio Bustamante.(Reglamento general sobre enseñanza publica).
Visión y fundamento filosófico de la educación: reabrir la
Universidad
Consideraciones sobre los maestros: Los
profesores de enseñanza se sujetarán precisamente en sus lecciones a los
principios y doctrinas de los libros elementales, se descontará de sus
sueldos a los profesores de enseñanza, todo lo que corresponda a los días útiles
que dejaran de concurrir a sus cátedras, Los profesores auxiliares que
sean absolutamente necesarios en las escuelas normales, y en las que se
establecen en los establecimientos de estudios mayores, disfrutarán de cuarenta
y cinco pesos mensuales.
Currículo educación elemental: teología, aritméticas,
letras. Cada curso literario no podrá ser de menos de cinco meses. Al
fin de cada curso de los que quedan establecidos y antes de tenerse comprobante
de él, los que lo hayan hecho sufrirán un examen privado sobre las materias que
se hayan explicado en las lecciones conforme al reglamento de cada
establecimiento.
Desarrollo de niveles educativos: escuela de minas. Escuela
nacional de agricultura. Se establecerá una escuela normal
para los que se destinen a la enseñanza primaria, Se establecerá
igualmente otra de la misma clase para la enseñanza primaria de mujeres.
Propuestas pedagógicas: doctrina cristiana, urbanidad,
caligrafía, aritmética, lectura, conocimientos de pesca y gramática. Los niños y niñas que merezcan por su pobreza ser socorridos con
los útiles necesarios para asistir a la escuela, lo serán a discreción de la
dirección misma, y previo informe del inspector.
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