sábado, 13 de octubre de 2012

ministerio de relaciones interiores 1856

Por Decreto de 8 de noviembre de 1821 quedó organizado el gobierno (Poder Ejecutivo) en cuatro secretarías. A una de ellas, se le dio el nombre de Relaciones Exteriores e Interiores. Entre otras funciones, se encargaba de “lo que sea puramente de Estado y en caso de ausencia del emperador o regencia del reino, de despachar todos los asuntos del reino”.
Esta secretaría continuó sus funciones durante el primer imperio y la república federal fundada con base en lo dispuesto en el Acta Constitutiva de la Federación de 31 de enero de 1824 y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 4 de octubre de 1824. Esta Constitución no previó específicamente las funciones de secretarías de Estado y remitió esta atribución al Congreso.
La Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores siguió vigente durante los gobiernos republicanos federales, hasta la emisión de las Leyes Constitucionales de 29 de diciembre de 1836. Las Siete Leyes establecieron la primera república central; en la Ley Cuarta --que habla de la organización del Supremo Poder Ejecutivo— dispone el nombramiento de un Ministro del Interior, separándose los asuntos exteriores de la función propiamente dicha de gobernación.
Durante la segunda república centralista, fundada por las Bases de Organización Política de la República de 12 de junio de 1843, se reunifican las funciones mencionadas en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía, según el artículo 93 del título V, relativo al Poder Ejecutivo.
El general Antonio López de Santa Anna reorganizó el Poder Ejecutivo con apego a las Bases para la Administración de la República hasta la promulgación de la Constitución emitidas el 22 de abril de 1853. En la Sección Primera, sobre el Supremo Gobierno, se dispuso el establecimiento de cinco secretarías de Estado. Una de ellas fue la de Relaciones Interiores, Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública.
Terminada la dictadura santanista y restablecido el gobierno democrático bajo la bandera del Plan de Ayutla (1 de marzo de 1854), se mantuvieron las atribuciones de la Secretaría. Pero según el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana del 15 de mayo de 1856 propuesto por el presidente Ignacio Comonfort, la Secretaría cambió su nombre a Ministerio de Gobernación.
Con el triunfo liberal en 1860, el presidente Benito Juárez organiza la Administración Pública en seis secretarías. Una de ellas, la de Estado y del Despacho de Gobernación que tenía, entre otras atribuciones: las electorales, relaciones con el Congreso de la Unión y los estados de la República, policía y tranquilidad pública y observancia de la
En abril del mismo año, por decreto presidencial, las secretarías de Estado se reducen a cuatro, y se concentran una vez más las funciones de relaciones exteriores y gobernación en una sola dependencia.
 
Con esa estructura, el gobierno liberal de Juárez, enfrentó la intervención francesa y el segundo imperio que en su Estatuto Provisional de 10 de abril de 1865 preveía la creación de un Ministerio de la Casa Imperial de Gobernación, además de contar con una cartera de Gobernación en el gabinete de Maximiliano I.
Al triunfar los republicanos en 1867, nuevamente por decreto, se reestableció la Secretaría de Estado y del Despacho de Gobernación con las funciones previstas en 1861.
Constitución.
 
Comentario: este fue encargado de la educación publica siguen las leyes de reforma para tener mejor fuerza teniendo como principio la educación laica, gratuita y obligatoria. tuvieron muchos problemas educativos para poder implementar los planes.

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